Inteligencia Artificial · Noticia

La UE aplaza las obligaciones de alto riesgo de la AI Act: qué cambia y qué no

29 de junio de 2026 · 5 min de lectura · Por Redacción Cubix Academia · Nivel intermedio

El paquete ómnibus digital, aprobado por el Consejo de la UE el 29 de junio de 2026, retrasa las obligaciones de alto riesgo del Reglamento de IA. Repasamos qué se aplaza, qué sigue en vigor y qué implica para quien construye sistemas.

En noviembre de 2025, la Comisión Europea presentó el llamado paquete ómnibus digital (Digital Omnibus), una propuesta para simplificar y reescalonar la aplicación del Reglamento de Inteligencia Artificial (AI Act). El 29 de junio de 2026, el Consejo de la Unión Europea dio su luz verde final al acuerdo, tras el respaldo del Parlamento Europeo el 16 de junio. El efecto práctico: las obligaciones más exigentes del reglamento (las que recaen sobre los sistemas de alto riesgo) se retrasan, pero no se derogan.

Conviene leer el cambio con precisión, porque el titular fácil ("Bruselas relaja su ley de IA") oscurece lo que de verdad se ha movido y lo que sigue exactamente donde estaba.

Qué se aplaza

El calendario original fijaba el 2 de agosto de 2026 como la fecha en la que empezaban a aplicarse la mayoría de las obligaciones de alto riesgo. El ómnibus las traslada:

  • Sistemas de alto riesgo autónomos (Anexo III) (reclutamiento, scoring crediticio, educación, biometría, gestión de infraestructuras críticas, asilo y control de fronteras): de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027.
  • IA embebida en productos regulados (Anexo I) (dispositivos médicos, maquinaria, vehículos): de agosto de 2027 al 2 de agosto de 2028.

Un matiz técnico relevante: la propuesta inicial de la Comisión llegó a plantear un aplazamiento condicionado a que las normas armonizadas y las herramientas de apoyo estuvieran listas. El texto acordado optó en cambio por fechas fijas de calendario, no por un disparador condicional. Es una decisión deliberada a favor de la certeza jurídica frente a un plazo abierto que podría haberse deslizado de forma indefinida.

Qué no cambia

El aplazamiento afecta al cuándo, no al qué. Los requisitos sustantivos para sistemas de alto riesgo (gestión de riesgos, gobernanza de datos, documentación técnica, registro de eventos, supervisión humana, robustez y ciberseguridad, recogidos en los artículos 9 a 15) siguen igual. Quien tenga que cumplirlos en diciembre de 2027 debe construir exactamente lo mismo; solo dispone de más margen.

Tampoco se tocan las capas que ya estaban en vigor. Las prohibiciones de prácticas de riesgo inaceptable (artículo 5) se aplican desde febrero de 2025. Las obligaciones para modelos de propósito general (GPAI) rigen desde agosto de 2025, con el Código de buenas prácticas publicado ese verano. Nada de eso se revierte.

Inicia sesión para leer este artículo

Es una publicación gratuita: solo hace falta una cuenta, sin suscripción.